| Fortalecimiento del papel de las
organizaciones no gubernamentales; asociadas en la búsqueda de un desarrollo sostenible ÁREA DE PROGRAMAS
Bases para la acción
27.1. Las organizaciones no gubernamentales desempeñan un papel fundamental en
la empresa de dar forma y aplicación a la democracia participatoria. Su prestigio obedece
al papel responsable y constructivo que desempeñan en la sociedad. Debería reconocerse a
las organizaciones oficiales y no oficiales y a los movimientos populares como asociados
para la ejecución del Programa 21. La índole del papel independiente que desempeñan las
organizaciones no gubernamentales en una sociedad exige una participación genuina. Por
consiguiente, la independencia es uno de los principales rasgos de las organizaciones no
gubernamentales y condición previa para la participación genuina.
27.2. Uno de los principales problemas que enfrenta la
comunidad internacional la tarea de reemplazar los patrones de desarrollo insostenible por
un desarrollo ecológicamente racional y sostenible es la necesidad de estimular el
sentimiento de que se persigue un objetivo común en nombre de todos los sectores de la
sociedad. Ello dependerá de la buena voluntad de todos los sectores en participar en una
auténtica empresa de labor social y diálogo, reconociendo, a la vez, la independencia de
funciones, responsabilidades y aptitudes especiales de cada uno.
27.3. Las organizaciones no gubernamentales, incluidas las
organizaciones sin fines de lucro que representan a los grupos de que se ocupa la presente
sección del Programa 21, cuentan con una variedad de experiencia, pericia y capacidad
firmemente establecida en esferas que serán de particular importancia para la aplicación
y el examen de un desarrollo sostenible, ecológicamente racional y socialmente
responsable, como se prevé en todo el Programa 21. Por consiguiente, la comunidad de
organizaciones no gubernamentales ofrece una red mundial que debería utilizarse, investir
de facultades y fortalecerse para apoyar las actividades en pro de esos objetivos comunes.
27.4. Para lograr que se materialice en su totalidad la
posible aportación de las organizaciones no gubernamentales, debería fomentarse la
máxima comunicación y cooperación posibles entre estas y las organizaciones
internacionales y los gobiernos nacionales y locales en el marco de instituciones
encargadas de ejecutar el Programa 21. También será preciso que las organizaciones no
gubernamentales fomenten la comunicación y cooperación entre sí para aumentar su
eficacia como factores de ejecución del desarrollo sostenible.
Objetivos
27.5. La sociedad, los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían
desarrollar mecanismos para que las organizaciones no gubernamentales pudieran desempeñar
su papel de asociadas en forma responsable y eficaz en el proceso del desarrollo
sostenible y ecológicamente racional.
27.6. Para fortalecer la función de asociadas de las
organizaciones no gubernamentales, el sistema de las Naciones Unidas y los gobiernos
deberían iniciar, en consulta con las organizaciones no gubernamentales, un proceso
encaminado a examinar los procedimientos y mecanismos oficiales para la participación de
estas organizaciones en todos los planos, desde la formulación de políticas y la
adopción de decisiones hasta la ejecución.
27.7. Para 1995 debería establecerse un diálogo
mutuamente productivo a nivel nacional entre todos los gobiernos y las organizaciones no
gubernamentales y sus redes autorganizadas con miras a reconocer y fortalecer sus
respectivas funciones en la consecución del desarrollo ecológicamente racional y
sostenible.
27.8. Los gobiernos y los órganos internacionales
deberían fomentar y permitir la participación de las organizaciones no gubernamentales
en la concepción, el establecimiento y la evaluación de los mecanismos y procedimientos
oficiales destinados a examinar la ejecución del Programa 21 a todos los niveles.
Actividades
27.9. El sistema de las Naciones Unidas, así como los organismos internacionales
de financiación y desarrollo, y todas las organizaciones y los foros intergubernamentales
deberían adoptar, en consulta con las organizaciones no gubernamentales, medidas
encaminadas a:
a) Examinar los modos de mejorar los procedimientos y
mecanismos actuales mediante los que las organizaciones no gubernamentales contribuyen a
la formulación de políticas, la adopción de decisiones, la ejecución y la evaluación,
e informar al respecto, a nivel de los distintos organismos, en debates
interinstitucionales y en las conferencias de las Naciones Unidas;
b) Sobre la base del inciso a) supra, mejorar los mecanismos y procedimientos existentes
en los distintos organismos o, si no los hubiere, establecerlos para hacer uso de la
experiencia y las opiniones de las organizaciones no gubernamentales en materia de
formulación, ejecución y evaluación de políticas y programas;
c) Examinar los niveles de financiación y apoyo administrativo a las organizaciones no
gubernamentales, así como el alcance y la efectividad de su participación en la
ejecución de planes y programas, con miras a aumentar su función de asociadas sociales;
d) Crear medios flexibles y eficaces para lograr la participación de las organizaciones
no gubernamentales en los procedimientos establecidos para examinar y evaluar la
ejecución del Programa 21 a todos los niveles;
e) Fomentar y autorizar la participación de las organizaciones no gubernamentales y sus
redes autorganizadas en el examen y la evaluación de las políticas y los programas
formulados para ejecutar el Programa 21, y dar apoyo a las organizaciones no
gubernamentales de los países en desarrollo y sus redes autorganizadas;
f) Tener en cuenta las conclusiones de los sistemas den examen y procesos de evaluación
de las organizaciones no gubernamentales en los informes pertinentes del Secretario
General a la Asamblea General y a todos los órganos y otras organizaciones
intergubernamentales y foros de las Naciones Unidas relativos a la ejecución del Programa
21, de conformidad con el proceso de examen del Programa 21;
g) Dar acceso a las organizaciones no gubernamentales a datos e información exactos y
oportunos con el objeto de fomentar la eficacia de sus programas y actividades y de sus
funciones de apoyo del desarrollo sostenible.
27.10 Los gobiernos deberán tomar medidas para:
a) Establecer el diálogo con las organizaciones no
gubernamentales y sus redes autorganizadas que representen a todos los sectores sociales,
o mejorar el diálogo ya entablado, lo que podría servir para:
i) examinar los derechos y las responsabilidades de estas
organizaciones;
ii) encauzar de manera eficaz las aportaciones integradas de las organizaciones no
gubernamentales al proceso gubernamental de formulación de políticas; y
iii) coordinar la función de las organizaciones no gubernamentales en la ejecución de
políticas nacionales a nivel de los programas;
b) Estimular y posibilitar la asociación y el diálogo
entre las organizaciones no gubernamentales y las autoridades locales en actividades
dirigidas a lograr un desarrollo sostenible;
c) Lograr la participación de las organizaciones no gubernamentales en todos los
mecanismos o procedimientos nacionales establecidos para ejecutar el Programa 21, haciendo
el mejor uso de sus capacidades individuales en las esferas de la educación, la
mitigación de la pobreza y la protección y rehabilitación del medio ambiente;
d) Tener en cuenta las conclusiones de los mecanismos de supervisión y examen de las
organizaciones no gubernamentales en la concepción y evaluación de las políticas
relativas a la ejecución del Programa 21 a todos los niveles;
e) Examinar los sistemas gubernamentales de enseñanza para hallar la forma de permitir y
aumentar la participación de las organizaciones no gubernamentales en las esferas de la
educación académica y no académica y la divulgación;
f) Poner a disposición de las organizaciones no gubernamentales los datos y la
información necesarios para que puedan contribuir de manera eficaz a la investigación y
a la formulación, ejecución y evaluación de programas.
Medios de ejecución
a) Financiación y evaluación de los costos
27.11 Según el resultado que tengan los procesos de examen y la evolución de las
opiniones sobre la mejor manera de forjar una asociación y un diálogo entre las
organizaciones oficiales y los grupos de organizaciones no gubernamentales, habrá que
hacer gastos en los planos nacional e internacional relativamente bajos, si bien
imposibles de prever, a fin de mejorar los procedimientos y mecanismos de consulta.
Asimismo, las organizaciones no gubernamentales necesitarán financiación complementaría
para establecer sistemas de vigilancia del Programa 21 o bien para mejorar los existentes
o contribuir a ellos. Estos costos serán importantes, pero no pueden calcularse sobre la
base de la información con que se cuenta.
b) Aumento de la capacidad
27.12 Será preciso que las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras
organizaciones y foros intergubernamentales, los programas bilaterales y el sector
privado, según proceda, brinden mayor apoyo administrativo y financiero a las
organizaciones no gubernamentales y sus redes autoorganizadas, en particular las basadas
en los países en desarrollo, que contribuyen a la vigilancia y evaluación de los
programas del Programa 21, y que proporcionen capacitación a las organizaciones no
gubernamentales (y las ayuden a establecer sus propios programas de capacitación) a nivel
internacional y regional para aumentar su participación en la formulación y ejecución
de los programas.
27.13 Será menester que los gobiernos promulguen o
fortalezcan, con sujeción a las condiciones particulares de los países, la legislación
necesaria para permitir a las organizaciones no gubernamentales establecer grupos
consultivos, y para garantizar el derecho de las organizaciones no gubernamentales a
proteger el interés público iniciando acciones judiciales.
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