| Transferencia de tecnología
ecológicamente racional, cooperación y aumento de la capacidad INTRODUCCIÓN
34.1. Las tecnologías ecológicamente racionales protegen al medio ambiente, son menos
contaminantes, utilizan todos los recursos en forma más sostenible, reciclan una mayor
porción de sus desechos y productos y tratan los desechos residuales en forma más
aceptable que las tecnologías que han venido a sustituir.
34.2. En el contexto de la contaminación, las tecnologías
ecológicamente racionales son "tecnologías de procesos y productos" que no
generan desechos o generan pocos, a fin de prevenir la contaminación. También comprenden
tecnologías de "etapa final" para el tratamiento de la contaminación, luego de
que esta se ha producido.
34.3. Las tecnologías ecológicamente racionales no son
meramente tecnologías aisladas, sino sistemas totales que incluyen conocimientos
técnicos, procedimientos, bienes y servicios y equipo, al igual que procedimientos de
organización y gestión. Esto implica que, al analizar la transferencia de tecnologías,
también habría que ocuparse de los aspectos de las opciones tecnológicas relativos al
desarrollo de los recursos humanos y el aumento de la capacidad local, así como de los
aspectos que guardan relación con los intereses propios del hombre y la mujer. Las
tecnologías ecológicamente racionales deberían ser compatibles con las prioridades
socioeconómicas, culturales y ambientales que se determinasen en el plano nacional.
34.4. Existe una necesidad de acceso a tecnologías
ecológicamente racionales y de su transferencia en condiciones favorables, en particular
a los países en desarrollo, mediante medidas de apoyo que fomenten la cooperación
tecnológica y que permitan la transferencia de los conocimientos tecnológicos
especializados necesarios, así como el fomento de la capacidad económica, técnica y
administrativa para el empleo eficiente y el desarrollo ulterior de la tecnología que se
transfiera. La cooperación tecnológica supone esfuerzos en común de las empresas y los
gobiernos, tanto los proveedores de la tecnología como sus receptores. Por consiguiente,
dicha cooperación entraña un proceso repetitivo en que deben participar el gobierno, el
sector privado y las instituciones de investigación y desarrollo para obtener los mejores
resultados posibles de la transferencia de tecnología. Para que se mantenga con éxito
una asociación a largo plazo en cooperación tecnológica se necesitara forzosamente una
capacitación sistemática continuada y el aumento de la capacidad a todos los niveles
durante un lapso prolongado de tiempo.
34.5. Las actividades que se proponen en el presente
capítulo están destinadas a mejorar las condiciones y los procesos relativos a la
información, el acceso a las tecnologías y su transferencia (incluidos la tecnología
más moderna y los conocimientos especializados conexos),en particular para los países en
desarrollo, así como en lo que se refiere al aumento de la capacidad y los mecanismos de
cooperación y asociaciones cooperativas en la esfera de la tecnología, a fin de fomentar
el desarrollo sostenible. Serán imprescindibles tecnologías nuevas y eficaces para
aumentar la capacidad, especialmente de los países en desarrollo, de alcanzar el
desarrollo sostenible, sustentar la economía mundial, proteger el medio ambiente y
mitigar la pobreza y el sufrimiento humano. Implícita en estas actividades esta la
necesidad de abordar el perfeccionamiento de la tecnología que se utiliza actualmente y
su reemplazo, cuando proceda, por una tecnología más accesible y ecológicamente más
racional.
Bases para la acción
34.6. El presente capítulo del Programa 21 es sin perjuicio de los compromisos y
arreglos concretos sobre transferencia de tecnología que se adopten en los distintos
instrumentos internacionales.
34.7. La asequibilidad de la información científica y
tecnológica y el acceso a la tecnología ecológicamente racional y su transferencia son
requisitos indispensables para el desarrollo sostenible. El suministro de información
apropiada sobre los aspectos ecológicos de las tecnologías actuales consta de dos
componentes relacionados entre sí: el perfeccionamiento de la información sobre las
tecnologías actuales y sobre las más modernas, así como de la información sobre los
riesgos que entrañan para el medio ambiente, y el aumento del acceso a las tecnologías
ecológicamente racionales.
34.8. El objetivo primordial de un mejor acceso a la
información tecnológica es permitir que se hagan elecciones con conocimiento de causa
que faciliten el acceso a dichas tecnologías y su transferencia, así como el
fortalecimiento de la capacidad tecnológica endógena de los países.
34.9. Una gran proporción de los conocimientos
tecnológicos útiles es de dominio público. Es necesario el acceso de los países en
desarrollo a las tecnologías que no estén protegidas por patentes o sean de dominio
público. Los países en desarrollo también deberían tener acceso a los conocimientos
técnicos y especializados necesarios para utilizar dichas tecnologías en forma efectiva.
34.10 Es preciso examinar la función de los derechos de
patente y propiedad intelectual y sus efectos en el acceso a tecnologías ecológicamente
racionales y su transferencia, en particular para los países en desarrollo, y seguir
estudiando el concepto del acceso seguro de los países en desarrollo a tecnologías
ecológicamente racionales en su relación con los derechos protegidos por patentes con
miras a tender eficazmente a las necesidades de los países en desarrollo en esta esfera.
34.11 La tecnología patentada se puede conseguir
comercialmente y las actividades empresariales internacionales constituyen un vehículo
importante para la transferencia de tecnología. Debería tratarse de aprovechar este
fondo común de conocimientos y combinarlo con las innovaciones locales con objeto de
conseguir tecnologías sustitutivas. Al mismo tiempo que se siguen estudiando los
conceptos y las modalidades que aseguren el acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales, así como a las tecnologías más modernas, en particular los países en
desarrollo, debería fomentarse, facilitarse y financiarse, según procediera, un mayor
acceso a las tecnologías ecológicamente racionales, otorgándose al mismo tiempo
incentivos justos a los innovadores que promoviesen la investigación y el desarrollo de
nuevas tecnologías ecológicamente racionales.
34.12 Los países receptores requieren tecnología y un
mayor apoyo para ayudarlos a desarrollar aún más su capacidad científica, tecnológica,
profesional y afín, teniendo en cuenta las tecnologías y la capacidad existentes. Ese
apoyo permitiría a los países, especialmente los países en desarrollo, hacer elecciones
tecnológicas más racionales. En tal caso esos países podrían evaluar en mejor forma
las tecnologías ecológicamente racionales antes de su transferencia y aplicarlas y
manejarlas en debida forma, así como perfeccionar las tecnologías ya existentes y
adaptarlas a sus necesidades y prioridades de desarrollo particulares.
34.13 Es indispensable contar con una masa crítica de
capacidad de investigación y desarrollo para la difusión y utilización efectivas de
tecnologías ecológicamente racionales y su creación en el plano nacional. Los programas
de educación y formación deberían reflejar las necesidades de actividades de
investigación definidas orientadas hacia los objetivos y deberían esforzarse por
producir especialistas familiarizados con la tecnología ecológicamente racional y
dotados de una perspectiva interdisciplinaria. El logro de esta masa crítica supone
mejorar la capacidad de artesanos, técnicos y administradores de categoría intermedia,
científicos, ingenieros y educadores, y fomentar sus correspondientes sistemas de apoyo
social o administrativo. La transferencia de tecnologías ecológicamente racionales
también supone adaptarlas e incorporarlas en forma innovadora en la cultura local o
nacional.
Objetivos
34.14 Se proponen los siguientes objetivos:
a) Velar por el acceso, en particular de los países en
desarrollo, a la información científica y tecnológica, incluida la información sobre
las tecnologías más modernas;
b) Promover, facilitar y financiar, según proceda, el acceso a las tecnologías
ecológicamente racionales y su transferencia, así como los conocimientos técnicos
especializados correspondientes, en particular a los países en desarrollo, en condiciones
favorables, inclusive en condiciones de favor y preferenciales según arreglos mutuamente
convenidos, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad
intelectual, así como las necesidades especiales de los países en desarrollo en lo
relativo a la ejecución del Programa 21;
c) Facilitar el mantenimiento y la promoción de tecnologías autóctonas ecológicamente
racionales que puedan haber sido pasada por alto o desplazadas, en especial en los países
en desarrollo, prestando especial atención a las necesidades prioritarias de esos países
y teniendo en cuenta las funciones complementarias del hombre y la mujer;
d) Prestar apoyo al fomento de la capacidad endógena, en particular en los países en
desarrollo, de modo que estos puedan evaluar, adoptar, gestionar y aplicar tecnologías
ecológicamente racionales. Esto podría conseguirse, entre otras cosas, mediante:
i) El desarrollo de los recursos humanos;
ii) El fortalecimiento de la capacidad institucional de investigación y desarrollo y de
ejecución de programas;
iii) La realización de evaluaciones sectoriales integradas de las necesidades
tecnológicas, de conformidad con los planes, los objetivos y las prioridades de los
países, según se prevé en la ejecución del Programa 21 en el plano nacional;
e) Fomentar asociaciones tecnológicas de larga duración
entre los propietarios de tecnologías ecológicamente racionales y los posibles usuarios.
Actividades
a) Establecimiento de redes de información internacionales que vinculen los
sistemas nacionales, subregionales, regionales e internacionales
34.15 Deberían desarrollarse y vincularse los sistemas de información nacionales,
subregionales, regionales e internacionales existentes mediante centros de intercambio de
información regionales que abarcaran amplios sectores de la economía, tales como la
agricultura, la industria y la energía. La red podría incluir, entre otras, oficinas de
patentes nacionales, subregionales y regionales que cuenten con lo necesario para redactar
informes sobre la tecnología más moderna. Las redes de centros de intercambio de
información divulgarían información sobre las tecnologías existentes, sus fuentes, los
riesgos que entrañan para el medio ambiente y las condiciones generales de su
adquisición. Funcionarían sobre la base de la demanda de información y se centrarían
en las necesidades de información de los usuarios finales. Tendrían en cuenta las
funciones positivas que podrían desempeñar las organizaciones internacionales,
regionales y subregionales, los círculos empresariales, las asociaciones comerciales, las
organizaciones no gubernamentales, los gobiernos y las redes nacionales recién creadas o
fortalecidas y los aportes que aquellas entidades podrían hacer.
34.16 Los centros de intercambio de información
internacionales y regionales, de ser necesario, tomarían la iniciativa de ayudar a los
usuarios a determinar sus necesidades y difundir información que satisficiera esas
necesidades, utilizando los sistemas de transmisión de noticias, información pública y
comunicaciones existentes. En la información que se divulgara se pondrían de relieve y
se expondrían en detalle casos concretos en que se hubieran desarrollado y aplicado con
éxito tecnologías ecológicamente racionales. Para ser eficaces, los centros de
intercambio de información no solo deberían facilitar información, sino también
remitir a otros servicios, con inclusión de fuentes donde conseguir asesoramiento,
capacitación, tecnologías y evaluación de tecnologías. De ese modo, los centros de
intercambio de información facilitarían el establecimiento de empresas mixtas y
asociaciones de diversos tipos.
34.17 Los órganos competentes de las Naciones Unidas
deberían levantar un inventario de los centros o sistemas de intercambio de información
internacionales o regionales existentes. La estructura existente debería fortalecerse y
perfeccionarse en los casos en que fuera necesario. Se deberían elaborar nuevos sistemas
de información, de ser necesario, a fin de llenar las lagunas que se descubriesen en esa
red internacional.
b) Apoyo y fomento del acceso a la transferencia de
tecnología
34.18 Los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían fomentar, y alentar
al sector privado a hacer lo propio, modalidades efectivas para el acceso a tecnologías
ecológicamente racionales y su transferencia, en particular a los países en desarrollo,
mediante, entre otras, las siguientes actividades:
a) Formulación de políticas y programas para la
transferencia eficaz de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad pública o de
dominio público;
b) Creación de condiciones favorables para alentar al sector privado y al sector público
a que innoven, comercialicen y utilicen tecnologías ecológicamente racionales;
c) Examen por los gobiernos y, cuando proceda, por las organizaciones competentes de las
políticas existentes, incluidos subsidios y políticas fiscales, y las reglamentaciones
para determinar si fomentan u obstaculizan el acceso a tecnologías ecológicamente
racionales, su transferencia y su introducción;
d) Examinar, en un marco que integre en su totalidad el medio ambiente y el desarrollo,
los obstáculos a la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad
privada y adoptar medidas generales apropiadas para reducir los obstáculos creando a
mismo tiempo incentivos concretos, fiscales o de otra índole, para la transferencia de
dichas tecnologías;
e) En el caso de las tecnologías de propiedad privada, se podrían tomar las siguientes
medidas, especialmente en beneficio de los países en desarrollo:
i) Creación y perfeccionamiento por los países
desarrollados, así como por otros países que pudieran estar en condición de hacerlo, de
incentivos apropiados, fiscales o de otra índole, para estimular la transferencia de
tecnologías ecológicamente racionales por las empresas, en particular a los países en
desarrollo, como elemento integrante del desarrollo sostenible;
ii) Facilitación del acceso a las tecnologías ecológicamente racionales protegidas por
patentes y su transferencia, en particular a los países en desarrollo;
iii) Compra de patentes y licencias en condiciones comerciales para su transferencia a los
países en desarrollo en condiciones no comerciales como parte de la cooperación para el
desarrollo sostenible, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de
propiedad intelectual;
iv) En cumplimiento de las convenciones internacionales pertinentes a que se hayan
adherido los Estados, y con arreglo a las circunstancias específicas reconocidas por
ellas, tomar medidas para impedir el abuso de los derechos de propiedad intelectual,
incluidas las normas relativas a su adquisición mediante un régimen vinculante de
concepción de licencias, con sujeción al pago de una indemnización equitativa y
suficiente;
v) Suministro de recursos financieros para adquirir tecnologías ecológicamente
racionales a fin de que los países en desarrollo en particular puedan aplicar medidas
para promover el desarrollo sostenible que, en caso contrario, les impondrían una carga
especial o desmesurada;
f) Elaborar mecanismos para el acceso, en particular, de
los países en desarrollo, a tecnologías ecológicamente racionales, y para su
transferencia a esos países, teniendo en cuenta al mismo tiempo la evolución del proceso
de negociación de un código internacional de conducta para la transferencia de
tecnología, como decidió la UNCTAD en su octavo período de sesiones celebrado en
Cartagena de Indias (Colombia), en febrero de 1992.
c) Mejoramiento de la capacidad de desarrollo y gestión
de tecnologías ecológicamente racionales
34.19 Se deberían establecer o fortalecer marcos en los planos subregional, regional
e internacional para el desarrollo, la transferencia y la aplicación de tecnologías
ecológicamente racionales y de los conocimientos técnicos especializados
correspondientes, con especial atención a las necesidades de los países en desarrollo,
incorporando dichas funciones en órganos ya existentes. Dichos marcos facilitarían
iniciativas de los países desarrollados y los países en desarrollo para estimular la
investigación, el desarrollo y la transferencia de tecnologías ecológicamente
racionales, en gran parte mediante mancomunación de esfuerzos dentro de los países y
entre ellos, así como entre la comunidad científica y tecnológica, la industria y los
gobiernos.
34.20 Se debería fomentar la capacidad nacional de
evaluación, desarrollo, gestión y aplicación de nuevas tecnologías. Esto obligará a
fortalecer las instituciones existentes, capacitar al personal en todos los niveles y
educar a los usuarios finales de la tecnología.
d) Establecimiento de una red de colaboración de
centros de investigación
34.21 Debería establecerse una red de colaboración de centros de investigación
nacionales, subregionales, regionales e internacionales en la esfera de la tecnología
ecológicamente racional para mejorar el acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales y su desarrollo, gestión y transferencia, incluidas la transferencia y la
cooperación entre países en desarrollo y entre países desarrollados y países en
desarrollo, principalmente sobre la base de los centros subregionales o regionales de
investigación, desarrollo y demostración ya existentes que están vinculados a las
instituciones nacionales, en estrecha cooperación con el sector privado.
e) Apoyo a los programas de cooperación y asistencia
34.22 Se debería prestar apoyo a los programas de cooperación y asistencia,
incluidos los que ofrecen los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones
internacionales y otras organizaciones públicas y privadas competentes, en particular a
los países en desarrollo, en las esferas de la investigación y el desarrollo y la
creación de capacidad tecnológica y de recursos humanos en las esferas de la
capacitación, el mantenimiento, la evaluación de las necesidades tecnológicas
nacionales, las evaluaciones del impacto ambiental y la planificación del desarrollo
sostenible.
34.23 También se debería prestar apoyo a los programas
nacionales, subregionales, regionales, multilaterales y bilaterales de investigación
científica, difusión de información y desarrollo de la tecnología entre los países en
desarrollo, incluso mediante la participación de empresas e instituciones de
investigación públicas y privadas, así como la financiación de programas de
cooperación técnica entre países en desarrollo en esta esfera. Ello debería llevar
aparejada la creación de vínculos entre esos elementos para asegurar una máxima
eficacia en lo referente al conocimiento, la divulgación y la aplicación de tecnologías
para el desarrollo sostenible.
34.24 La formulación de programas mundiales, subregionales
y regionales debería incluir la determinación y evaluación de las prioridades
regionales, subregionales y nacionales basadas en las necesidades. Los planes y estudios
para fundamentar estos programas deberían servir de base para una posible financiación
por parte de los bancos multilaterales de desarrollo, las organizaciones bilaterales, las
entidades del sector privado y las organizaciones no gubernamentales.
34.25 Se deberían patrocinar visitas de expertos idóneos
de países en desarrollo en la esfera de las tecnologías ecológicamente racionales que
actualmente estén trabajando en instituciones de países desarrollados, y facilitar el
regreso voluntario de dichos expertos a sus países.
f) Evaluación tecnológica en apoyo a la gestión de
tecnologías ecológicamente racionales
34.26 La comunidad internacional, en particular los organismos de las Naciones Unidas,
las organizaciones internacionales y otras organizaciones competentes, así como
organizaciones privadas, deberían cooperar en el intercambio de experiencias y en el
fomento de la capacidad para la evaluación de necesidades tecnológicas, sobre todo en
los países en desarrollo, a fin de que estos puedan hacer elecciones basadas en
tecnologías ecológicamente racionales. Para tal fin deberían:
a) Crear una capacidad de evaluación tecnológica para la
gestión de tecnologías ecológicamente racionales, incluida la evaluación de los
efectos sobre el medio ambiente y los riesgos que entrañan para este, teniendo
debidamente en cuenta las salvaguardias adecuadas en materia de transferencia de
tecnologías sujetas a prohibiciones por razones ecológicas o sanitarias;
b) Fortalecer la red internacional de centros regionales, subregionales o nacionales de
evaluación de la tecnología ecológicamente racional, junto con centros de intercambio
de información, con objeto de aprovechar las fuentes de evaluación tecnológica antes
mencionadas en beneficio de todas las naciones. Estos centros, en principio, podrían
brindar asesoramiento e impartir capacitación en situaciones nacionales definidas y
fomentar la creación de capacidad nacional en materia de evaluación de la tecnología
ecológicamente racional. Debería estudiarse, según procediera, la posibilidad de
encomendar esa actividad a las organizaciones regionales ya existentes antes de crear
instituciones totalmente nuevas, y también debería estudiarse, según procediera, la
financiación de esta actividad mediante asociaciones entre el sector público y el
privado.
g) Mecanismos y asociaciones de colaboración
34.27 Se deberían promover acuerdos de colaboración a largo plazo entre empresas de
países desarrollados y de países en desarrollo con objeto de desarrollar tecnologías
ecológicamente racionales. Las empresas transnacionales, como depositarias de
conocimientos técnicos poco difundidos necesarios para la protección y el mejoramiento
del medio ambiente, tienen una función y un interés especiales en la promoción de la
cooperación en materia de transferencia de tecnología, ya que constituyen importantes
cauces para dicha transferencia, y para crear una reserva de recursos humanos capacitados
y fortalecer la infraestructura necesaria.
34.28 Se deberían promover empresas mixtas de proveedores
y beneficiarios de tecnologías, teniendo en cuenta las prioridades de política y los
objetivos de los países en desarrollo. Junto con la inversión extranjera directa, esas
empresas mixtas podrían constituir importantes cauces para la transferencia de
tecnologías ecológicamente racionales. Mediante dichas empresas mixtas e inversiones
directas, sería posible transferir y mantener prácticas racionales de ordenación del
medio ambiente.
Medios de ejecución
Financiación y evaluación de los costos
34.29 La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año
(1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo ascenderá a una cifra de
450 a 600 millones de dólares, que la comunidad internacional suministrará a título de
donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas
únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las
condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas,
de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.
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