| Protección de la atmósfera INTRODUCCIÓN
9.1. La protección de la atmósfera es una labor amplia y multidimensional en la que
intervienen varios sectores de la actividad económica. Se recomienda a los gobiernos y a
las demás entidades que se esfuerzan por proteger la atmósfera que examinen y, cuando
proceda, apliquen las opciones y medidas que se exponen en este capítulo.
9.2. Se tiene presente que muchas de las cuestiones de que
se trata en este capítulo se contemplan en acuerdos internacionales como el Convenio de
Viena para la Protección de la Capa de Ozono de 1985, el Protocolo de Montreal relativo a
las sustancias que agotan la capa de ozono de 1987, en su forma enmendada, la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, de 1992, y otros instrumentos
internacionales, incluidos los regionales. En el caso de las actividades contempladas en
esos acuerdos, se entiende que las recomendaciones que figuran en este capítulo no
obligan a ningún gobierno a tomar medidas que superen lo dispuesto en esos instrumentos
jurídicos. No obstante, en el marco de este capítulo, los gobiernos son libres de
aplicar medidas adicionales compatibles con esos instrumentos jurídicos.
9.3. Se tiene también presente que las actividades que se
realicen para alcanzar los objetivos de este capítulo deberían coordinarse con el
desarrollo social y económico en forma integral con el fin de evitar que tuviesen
repercusiones negativas sobre este, teniendo plenamente en cuenta las legítimas
necesidades prioritarias de los países en desarrollo por lo que respecta al logro del
crecimiento económico sostenido y la erradicación de la pobreza.
9.4. En este contexto se hace especial referencia al área
de programas A del capítulo 2 del Programa 21 (Fomento del desarrollo sostenible mediante
el comercio).
9.5. En el presente capítulo se incluyen las cuatro áreas
de programas siguientes:
a) Consideración de las
incertidumbres: perfeccionamiento de la base científica para la adopción de decisiones;
b) Promoción del desarrollo
sostenible:
i) Desarrollo, eficiencia y consumo
de la energía;
ii) Transporte;
iii) Desarrollo industrial;
iv) Desarrollo de los recursos terrestres y marinos y aprovechamiento de
las tierras;
c) Prevención del agotamiento del
ozono estratosférico;
d) Contaminación atmosférica
transfronteriza.
ÁREAS DE PROGRAMAS
A. Consideración de las incertidumbres: perfeccionamiento de la
base científica para la adopción de decisiones.
Bases para la acción
9.6. La preocupación por el cambio climático y la variabilidad climática, la
contaminación del aire y el agotamiento del ozono ha creado una nueva demanda de
información científica, económica y social para reducir las incertidumbres que aun
quedan en esas esferas. Es necesario mejorar la comprensión y la capacidad de predicción
de las diversas propiedades de la atmósfera y de los ecosistemas afectados, así como de
las repercusiones sobre la salud y de su interacción con los factores socioeconómicos.
Objetivos
9.7. El objetivo básico de esta área de programas es mejorar la comprensión de
los procesos que afectan a la atmósfera terrestre a escala mundial, regional y local y
que a su vez se ven afectados por esta, incluidos, entre otros, los procesos físicos,
químicos, geológicos, biológicos, oceánicos, hidrológicos, económicos y sociales;
aumentar la capacidad e intensificar la cooperación internacional; y mejorar la
comprensión de las consecuencias económicas y sociales de los cambios atmosféricos y de
las medidas de mitigación y respuesta adoptadas respecto de esos cambios.
Actividades
9.8. Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, y el sector privado, deberían:
a) Promover la investigación relacionada con los procesos
naturales que afectan a la atmósfera y se ven afectados por esta, así como de los
vínculos críticos entre el desarrollo sostenible y los cambios atmosféricos, incluidos
los efectos sobre la salud humana, los ecosistemas, los sectores económicos y la
sociedad;
b) Asegurar una cobertura geográfica más equilibrada del Sistema Mundial de Observación
del Clima y sus componentes, incluida la Vigilancia de la Atmósfera Global, facilitando,
entre otras cosas, el establecimiento y funcionamiento de estaciones adicionales de
observación sistemática, y contribuyendo al desarrollo, utilización y accesibilidad de
esas bases de datos;
c) Promover la cooperación en:
i) El desarrollo de sistemas de detección temprana
relativos a los cambios y las fluctuaciones en la atmósfera;
ii) La creación y mejoramiento de la capacidad de predecir esos cambios y fluctuaciones y
evaluar sus repercusiones ambientales y socioeconómicas;
d) Cooperar en la investigación para desarrollar
metodologías y determinar umbrales de contaminantes atmosféricos, así como niveles
atmosféricos de concentraciones de gases de efecto invernadero, que puedan causar
interferencias antropógenas peligrosas con el sistema climático y el medio ambiente en
su conjunto, y los ritmos de cambio conexos que no permitirían a los ecosistemas
adaptarse naturalmente;
e) Promover el aumento de la capacidad científica, el intercambio de datos e
informaciones científicos, y la facilitación de la participación y capacitación de
expertos y personal técnico, sobre todo en los países en desarrollo, y cooperar con
ellos, en las esferas de la investigación, la reunión, organización y evaluación de
datos, y de la observación sistemática relacionada con la atmósfera.
B. Promoción del desarrollo
sostenible
1. Desarrollo, eficiencia y
consumo de la energía
Bases para la acción
9.9. La energía es esencial para el desarrollo económico y social y el
mejoramiento de la calidad de la vida. Sin embargo, la mayor parte de la energía del
mundo se produce y consume en formas que no podrían perdurar si la tecnología
permaneciera constante o si las magnitudes globales aumentaran notablemente. La necesidad
de controlar las emisiones atmosféricas de gases de efecto invernadero y otros gases y
sustancias deberá basarse cada vez más en la eficiencia en la producción, transmisión,
distribución y consumo de la energía y en una dependencia cada vez mayor de sistemas
energéticos, ecológicamente racionales, sobre todo de las fuentes de energía nuevas y
renovables 1/. Será necesario utilizar todas las fuentes de energía en formas que
respeten la atmósfera, la salud humana y el medio ambiente en su totalidad.
9.10. Es preciso eliminar los actuales obstáculos al
aumento del suministro de energía ecológicamente racional necesario para seguir el
camino del desarrollo sostenible, en particular en los países en desarrollo.
Objetivos
9.11. El objetivo básico y ultimo de esta área de programas es reducir los
efectos perjudiciales del sector de energía en la atmósfera mediante la promoción de
políticas o de programas, según proceda, orientados a aumentar la contribución de los
sistemas energéticos ecológicamente racionales y económicos, particularmente los nuevos
y renovables, mediante la producción, la transmisión, la distribución y el uso menos
contaminantes y más eficientes de la energía. Este objetivo debería reflejar la
necesidad de equidad, de un abastecimiento suficiente de energía y de un aumento del
consumo de energía en los países en desarrollo, y debería tener en cuenta la situación
de los países que dependen en gran medida de los ingresos generados por la producción,
elaboración y exportación, y/o el consumo de combustibles fósiles y de productos
conexos de alto consumo energético, y/o el uso de combustibles fósiles muy difíciles de
reemplazar por otras fuentes de energía, y la situación de los países extremadamente
vulnerables a los efectos perjudiciales del cambio climático.
Actividades
9.12. Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, y el sector privado, deberían:
a) Cooperar en la búsqueda y el desarrollo de fuentes
energéticas económicamente viables y ecológicamente racionales, para promover la
disponibilidad de un mayor abastecimiento de energía como apoyo a los esfuerzos por
lograr un desarrollo sostenible, en particular en los países en desarrollo;
b) Promover el desarrollo en el plano nacional de metodología apropiadas para la
adopción de decisiones integradas de política energética, ambiental y económica para
el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante evaluaciones del impacto ambiental;
c) Promover la investigación, el desarrollo, la transferencia y el uso de mejores
tecnologías y prácticas de alto rendimiento energético, entre ellas, tecnologías
endógenas en todos los sectores pertinentes, prestando especial atención a la
rehabilitación y la modernización de los sistemas de generación de energía, en
particular en los países en desarrollo;
d) Promover la investigación, el desarrollo, la transferencia y el uso de tecnologías y
prácticas para el establecimiento de sistemas energéticos ecológicamente racionales,
entre ellos, sistemas energéticos nuevos y renovables, prestando particular atención a
los países en desarrollo;
e) Promover el aumento de las capacidades institucional, científica, de planificación y
de gestión, particularmente en los países en desarrollo, para desarrollar, producir y
utilizar formas de energía cada vez más eficientes y menos contaminantes;
f) Examinar las diversas fuentes actuales de abastecimiento de energía para determinar en
que forma se podría aumentar la contribución de los sistemas energéticos
ecológicamente racionales en su conjunto, en particular los sistemas energéticos nuevos
y renovables, de manera económicamente eficiente, teniendo en cuenta las características
sociales, físicas, económicas y políticas propias de los respectivos países, y
estudiando y aplicando, según proceda, medidas para salvar cualquier obstáculo a su
establecimiento y uso;
g) Coordinar planes energéticos en los planos regional y subregional, según proceda, y
estudiar la viabilidad de una distribución eficiente de energía ecológicamente racional
a partir de fuentes de energía nuevas y renovables;
h) De conformidad con las prioridades nacionales en materia de desarrollo socioeconómico
y medio ambiente, evaluar y, según proceda, promover políticas o programas eficaces en
función de los costos, que incluyan medidas administrativas, sociales y económicas, con
el fin de mejorar el rendimiento energético;
i) Aumentar la capacidad de planificación energética y de gestión de programas sobre
eficiencia energética, así como de desarrollo, introducción y promoción de fuentes de
energía nuevas y renovables;
j) Promover normas o recomendaciones apropiadas sobre rendimiento energético y emisiones
a nivel nacional 2/ orientadas hacia el desarrollo y uso de tecnologías que reduzcan al
mínimo los efectos adversos sobre el medio ambiente;
k) Fomentar la ejecución, en los planos local, nacional, subregional y regional, de
programas de educación y toma de conciencia sobre el uso eficiente de la energía y sobre
sistemas energéticos ecológicamente racionales;
l) Establecer o aumentar, según proceda, en cooperación con el sector privado, programas
de etiquetado de productos para proporcionar información a los encargados de adoptar
decisiones y a los consumidores sobre oportunidades de un uso eficiente de la energía.
2. Transporte
Bases para la acción
9.13. El sector del transporte tiene un papel esencial y positivo que desempeñar
en el desarrollo económico y social, y es indudable que las necesidades de transporte
aumentaran. Sin embargo, como el sector del transporte es también fuente de emisiones
atmosféricas, es necesario revisar los sistemas de transporte existentes y lograr un
diseño y una gestión eficaces de los sistemas de trafico y transporte.
Objetivos
9.14. El objetivo básico de esta área de programas es elaborar y promover
políticas o programas, según proceda, eficaces en función de los costos, a fin de
limitar, reducir o controlar, según el caso, las emisiones perjudiciales en la atmósfera
y otros efectos ambientales adversos del sector del transporte, teniendo en cuenta las
prioridades de desarrollo, así como las circunstancias concretas locales y nacionales y
los aspectos de seguridad.
Actividades
9.15. Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, y el sector privado, deberían:
a) Desarrollar y promover, según proceda, sistemas de
transporte económicos, más eficientes, menos contaminantes y más seguros, en particular
sistemas de transporte colectivo integrado rural y urbano, así como redes de caminos
ecológicamente racionales, teniendo en cuenta la necesidad de establecer prioridades
sociales, económicas y de desarrollo sostenibles, particularmente en los países en
desarrollo;
b) Facilitar, en los planos internacional, regional, subregional y nacional, la
disponibilidad y transferencia de tecnologías de transporte seguras, eficientes, en
particular en cuanto al uso de recursos, y menos contaminantes, sobre todo a los países
en desarrollo, así como la ejecución de programas apropiados de capacitación;
c) Reforzar, según proceda, su labor de reunión, análisis e intercambio de la
información pertinente sobre la relación entre el medio ambiente y el transporte,
prestando particular atención a la observación sistemática de las emisiones y a la
elaboración de una base de datos sobre transporte;
d) De conformidad con las prioridades nacionales en materia de desarrollo socioeconómico
y medio ambiente, evaluar y, según proceda, promover políticas o programas eficaces en
función de los costos que incluyan medidas administrativas, sociales y económicas a fin
de fomentar el uso de modos de transporte que reduzcan al mínimo los efectos
perjudiciales para la atmósfera;
e) Desarrollar o perfeccionar, según proceda, mecanismos para integrar las estrategias de
planificación del transporte y las estrategias de planificación de asentamientos urbanos
y regionales, con miras a reducir los efectos del transporte sobre el medio ambiente;
f) Estudiar, dentro del marco de las Naciones Unidas y de sus comisiones regionales, la
viabilidad de convocar conferencias regionales sobre el transporte y el medio ambiente.
3. Desarrollo industrial
Bases para la acción
9.16. La industria es esencial para la producción de bienes y servicios y es una
fuente importante de empleo e ingresos; por consiguiente, el desarrollo industrial es
esencial para el crecimiento económico. Al mismo tiempo, la industria es uno de los
principales usuarios de recursos y materiales y, en consecuencia, las actividades
industriales originan emisiones que afectan a la atmósfera y al medio ambiente en
general. La protección de la atmósfera se podría ampliar, entre otras cosas, mediante
un aumento de la eficiencia de los recursos y materiales en la industria, mediante la
instalación o el mejoramiento de tecnologías de reducción de la contaminación y la
sustitución de clorofluorocarbonos y otras sustancias que agotan el ozono con las
sustancias apropiadas, así como mediante la reducción de desechos y subproductos.
Objetivos
9.17. El objetivo básico de esta área de programas es estimular el desarrollo
industrial en formas que reduzcan al mínimo los efectos perjudiciales para la atmósfera,
entre otras cosas, aumentando la eficiencia en la producción y consumo industriales de
todos los recursos y materiales, perfeccionando las tecnologías de reducción de la
contaminación, y creando nuevas tecnologías ecológicamente racionales.
Actividades
9.18. Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, y el sector privado, deberían:
a) De conformidad con las prioridades nacionales en materia
de desarrollo socioeconómico y medio ambiente, evaluar y, según proceda, promover
políticas o programas eficaces en función de los costos que incluyan medidas
administrativas, sociales y económicas a fin de reducir al mínimo la contaminación
industrial y los efectos perjudiciales para la atmósfera;
b) Alentar a la industria para que aumente y fortalezca su capacidad de crear
tecnologías, productos y procesos que sean seguros y menos contaminantes y que utilicen
más eficientemente todos los recursos y materiales, así como la energía;
c) Cooperar en la creación y transferencia de dichas tecnologías industriales y en el
establecimiento de la capacidad necesaria para gestionar y utilizar tales tecnologías,
particularmente con respecto a los países en desarrollo;
d) Elaborar, mejorar y aplicar sistemas de evaluación del impacto ambiental a fin de
fomentar el desarrollo industrial sostenible;
e) Promover la utilización eficiente de materiales y recursos, teniendo en cuenta los
ciclos vitales de los productos a fin de obtener los beneficios económicos y ambientales
de la utilización de los recursos con más eficiencia y la generación de menos desechos;
f) Apoyar la promoción de tecnologías y procesos industriales menos contaminantes y más
eficientes, teniendo en cuenta las posibilidades de acceso a la energía de cada zona,
sobre todo a fuentes de energía renovables y seguras, con miras a limitar la
contaminación industrial y los efectos perjudiciales para la atmósfera.
4. Desarrollo de los recursos
terrestres y marinos y aprovechamiento de la tierra
Bases para la acción
9.19. Las políticas relativas a los recursos y al aprovechamiento de la tierra
provocaran cambios en la atmósfera y se verán afectadas por ellos.
Ciertas prácticas relacionadas con los recursos terrestres
y marinos y el aprovechamiento de la tierra pueden reducir los sumideros de gases de
efecto invernadero y aumentar las emisiones atmosféricas. La perdida de diversidad
biológica puede reducir la resistencia de los ecosistemas a las variaciones climáticas y
a los daños producidos por la contaminación del aire. Los cambios atmosféricos pueden
causar profundos efectos en los bosques, la diversidad biológica y los ecosistemas de
agua dulce y marinos, y en las actividades económicas, como la agricultura. Con
frecuencia los objetivos de política de los distintos sectores pueden divergir y por eso
es preciso considerarlos de manera integrada.
Objetivos
9.20. Los objetivos de esta área de programas son:
a) Promover la utilización de los recursos marinos y
terrestres y las prácticas apropiadas de aprovechamiento de la tierra que contribuyan a:
i) La reducción de la contaminación atmosférica y/o la
limitación de las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero;
ii) La conservación, la gestión sostenible y el mejoramiento, según proceda, de todos
los sumideros de gases de efecto invernadero;
iii) La conservación y la utilización sostenible de los recursos naturales y
ambientales;
b) Velar por que los cambios atmosféricos reales y
potenciales y sus consecuencias socioeconómicas y ecológicas se tomen plenamente en
cuenta al planificar y aplicar políticas y programas relativos a las prácticas de
utilización de los recursos terrestres y marinos y de aprovechamiento de la tierra.
Actividades
9.21. Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, y el sector privado, deberían:
a) De conformidad con las prioridades nacionales en materia
de desarrollo socioeconómico y medio ambiente, evaluar y, según proceda, promover
políticas o programas eficaces en función de los costos que incluyan medidas
administrativas, sociales y económicas, a fin de fomentar las prácticas ecológicamente
racionales de utilización de la tierra;
b) Aplicar políticas y programas que desalienten las prácticas de aprovechamiento de la
tierra inadecuadas y contaminantes y promuevan la utilización sostenible de los recursos
terrestres y marinos;
c) Examinar la posibilidad de promover la elaboración y uso de prácticas relativas a los
recursos terrestres y marinos y al aprovechamiento de la tierra que ayuden a resistir
mejor los cambios y fluctuaciones atmosféricos;
d) Promover el aprovechamiento sostenible y la cooperación en la conservación y el
perfeccionamiento, según proceda, de los sumideros y depósitos de gases de efecto
invernadero, en particular de la biomasa, los bosques y los océanos, así como de otros
ecosistemas terrestres, costeros y marinos.
C. Prevención del agotamiento del
ozono estratosférico
Bases para la acción
9.22. El análisis de los datos científicos recientes ha confirmado los
crecientes temores respecto del continuo agotamiento de la capa de ozono estratosférico
de la Tierra debido al cloro y bromo reactivos procedentes de los clorofluorocarbonos
(CFC), los halones y otras sustancias afines artificiales. Si bien el Convenio de Viena
para la Protección de la Capa de Ozono de 1985 y el Protocolo de Montreal relativo a las
sustancias que agotan la capa de ozono de 1987 (en su forma enmendada en Londres, en 1990)
fueron logros importantes en el plano internacional, el contenido total de cloro de las
sustancias que agotan la capa de ozono en la atmósfera ha seguido aumentando. Esta
tendencia puede invertirse si se aplican las medidas de control que figuran en el
Protocolo.
Objetivos
9.23. Los objetivos de esta área de programas son:
a) Alcanzar los objetivos fijados en el Convenio de Viena y
el Protocolo de Montreal y sus enmiendas de 1990, incluso la consideración en dichos
instrumentos de las necesidades y condiciones especiales de los países en desarrollo y el
acceso de estos a sustancias distintas de las que agotan la capa de ozono. Deberían
promoverse las tecnologías y los productos naturales que reducen la demanda de sustancias
que agotan la capa de ozono;
b) Elaborar estrategias destinadas a mitigar los efectos negativos de la radiación
ultravioleta que llega a la superficie de la Tierra como resultado del agotamiento y la
modificación de la capa de ozono estratosférico.
Actividades
9.24. Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, y el sector privado, deberían:
a) Ratificar, aceptar o aprobar el Protocolo de Montreal y
sus enmiendas de 1990; hacer efectivas, prontamente, sus contribuciones a los fondos
fiduciarios de Viena y Montreal y al Fondo Multilateral Provisional; y contribuir, según
proceda, a las actividades que se están realizando en virtud del Protocolo de Montreal y
sus mecanismos de aplicación, entre ellas, el suministro de sucedáneos de los CFC y
demás sustancias que agotan la capa de ozono y la facilitación de la transferencia de
las tecnologías correspondientes a los países en desarrollo, a fin de que puedan cumplir
con las obligaciones del Protocolo;
b) Apoyar una mayor expansión del Sistema Mundial de Observación del Ozono, facilitando,
mediante fondos bilaterales y multilaterales, el establecimiento y funcionamiento de
nuevas estaciones de observación sistemática, especialmente en el cinturón tropical del
hemisferio sur;
c) Participar activamente en la evaluación continua de la información científica y los
efectos para la salud y el medio ambiente, así como las consecuencias tecnológicas y
económicas, del agotamiento del ozono estratosférico; y considerar otras medidas que
resulten justificadas y viables en función de tales evaluaciones;
d) Sobre la base de los resultados de las investigaciones acerca de los efectos de la
radiación ultravioleta adicional que llega a la superficie de la Tierra, considerar la
posibilidad de tomar medidas correctivas apropiadas en las esferas de la salud humana, la
agricultura y el medio marino;
e) Reemplazar los CFC y demás sustancias que agotan la capa de ozono, con arreglo a lo
dispuesto en el Protocolo de Montreal, reconociendo que la conveniencia de este reemplazo
debería evaluarse en forma integral y no simplemente sobre la base de su contribución a
la solución de un problema atmosférico o ambiental.
D. Contaminación atmosférica
transfronteriza
Bases para la acción
9.25. La contaminación transfronteriza tiene efectos nocivos para la salud de
los seres humanos y otros efectos perjudiciales en el medio ambiente, como la perdida de
árboles y bosques y la acidificación de masas de agua. Las redes que vigilan la
contaminación atmosférica no cubren todas las regiones por igual y los países en
desarrollo están muy poco representados. La falta de datos fidedignos sobre las emisiones
fuera de Europa y América del Norte limita considerablemente las posibilidades de medir
la contaminación atmosférica transfronteriza. También es insuficiente la información
sobre los efectos de la contaminación atmosférica en el medio ambiente y la salud en
otras regiones.
9.26 La Convención de 1979 sobre la contaminación
atmosférica transfronteriza a larga distancia y sus protocolos han establecido un
régimen regional en Europa y América del Norte, basado en un proceso de examen y en
programas cooperativos de observación sistemática y evaluación de la contaminación
atmosférica e intercambio de información al respecto. Estos programas deben mantenerse y
ampliarse y sus resultados deben compartirse con otras regiones del mundo.
Objetivos
9.27 Los objetivos de esta área de programas son:
a) Elaborar y aplicar tecnologías de control y medición
de la contaminación producida por fuentes fijas y móviles de contaminación atmosférica
y elaborar otras tecnologías ecológicamente racionales;
b) Observar y evaluar sistemáticamente las fuentes y la magnitud de la contaminación
atmosférica transfronteriza producida por procesos naturales y actividades antropógenas;
c) Fortalecer la capacidad, en particular de los países en desarrollo, para medir y
determinar los movimientos y los efectos de la contaminación atmosférica transfronteriza
y elaborar modelos al respecto, mediante el intercambio de información y la formación de
expertos, entre otras actividades;
d) Desarrollar la capacidad para evaluar y mitigar la contaminación atmosférica
transfronteriza producida por accidentes industriales y nucleares, desastres naturales y
la destrucción deliberada y/o accidental de recursos naturales;
e) Promover la adopción de nuevos acuerdos regionales para limitar la contaminación
atmosférica transfronteriza, y la aplicación de los existentes;
f) Elaborar estrategias encaminadas a reducir las emisiones que provocan la contaminación
atmosférica transfronteriza y sus efectos.
Actividades
9.28 Los gobiernos al nivel que corresponda, con la cooperación de los órganos
competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, el sector privado y las instituciones
financieras, deberían:
a) Establecer y/o fortalecer acuerdos regionales para la
lucha contra la contaminación atmosférica transfronteriza y cooperar, en particular con
los países en desarrollo, en las esferas de la observación y la evaluación
sistemáticas, la construcción de modelos y el desarrollo e intercambio de tecnologías
para la limitación de las emisiones procedentes de fuentes móviles y fijas de
contaminación atmosférica. En este contexto, se debería hacer más hincapié en la
consideración del alcance, las causas y los efectos socioeconómicos y para la salud de
la radiación ultravioleta, la acidificación del medio ambiente y el daño causado a los
bosques y a la vegetación en general por los fotooxidantes;
b) Establecer o fortalecer sistemas de alerta temprano y mecanismos de intervención en
relación con la contaminación atmosférica transfronteriza que resulta de accidentes
industriales y desastres naturales, así como de la destrucción deliberada y/o accidental
de recursos naturales;
c) Facilitar las oportunidades de capacitación y el intercambio de datos e información y
de experiencias nacionales y/o regionales;
d) Cooperar en los planos regional, multilateral y bilateral para evaluar la
contaminación atmosférica transfronteriza y elaborar y ejecutar programas que incluyan
medidas concretas para reducir las emisiones a la atmósfera y hacer frente a sus efectos
ambientales, económicos, sociales y de otra índole.
Medios de ejecución
Cooperación internacional y regional
9.29 Los instrumentos jurídicos en vigor han creado estructuras institucionales que
se relacionan con los propósitos de esos instrumentos y la labor al respecto debería
proseguir básicamente en esos contextos. Los gobiernos deberían continuar y aumentar su
cooperación en los planos regional y mundial, así como en el sistema de las Naciones
Unidas. En ese contexto, cabe hacer referencia a las recomendaciones contenidas en el
capítulo 38 del Programa 21 (Arreglos institucionales internacionales).
Aumento de la capacidad
9.30 Los países, en cooperación con los órganos competentes de las Naciones Unidas,
los donantes internacionales y las organizaciones no gubernamentales, deberían movilizar
recursos técnicos y financieros y facilitar la cooperación técnica con países en
desarrollo a fin de reforzar sus capacidades técnicas y de gestión, planificación y
administración para promover el desarrollo sostenible y la protección de la atmósfera,
en todos los sectores pertinentes.
Desarrollo de los recursos humanos
9.31 Es preciso adoptar y fortalecer programas de educación y de toma de conciencia
en los planos local, nacional e internacional que se refieran a la promoción del
desarrollo sostenible y a la protección de la atmósfera, en todos los sectores
pertinentes.
Financiación y evaluación de los costos
9.32 La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año
(1993-2000) de ejecución de las actividades del área de programas A ascenderá a unos
640 millones de dólares, que la comunidad internacional suministrara a título de
donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas
únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las
condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas,
de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.
9.33 La secretaría de la Conferencia ha estimado que el
costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades del programa en
cuatro etapas del área de programas B ascenderá a unos 20.000 millones de dólares, que
la comunidad internacional suministrara a título de donación en condiciones de favor.
Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de
examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las
no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas
específicos que los gobiernos decidan ejecutar.
9.34 La secretaría de la Conferencia ha estimado que el
costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades del área de
programas C será de unos 160 a 590 millones de dólares a título de donación o en
condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no
han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones
financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las
estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.
9.35 La secretaría de la Conferencia ha incluido los
costos de la asistencia técnica y los programas experimentales en los párrafos 9.32 y
9.33.
Notas
1/ Las fuentes de energía nuevas y renovables son las energías
heliotérmica, solar fotovoltáica, eólica, hidroeléctrica, de biomasa, geotérmica,
marina, animal y humana, de las que se trata en los informes del Comite sobre el
Aprovechamiento y la Utilización de las Fuentes de Energía Nuevas y Renovables,
preparados específicamente para la Conferencia (véanse A/CONF.151/PC/119 y
A/AC.218/1992/5).
2/ Ello incluye las normas o recomendaciones promovidas por las organizaciones regionales
de integración económica.
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