Resolución 151/03
Buenos Aires 28 de octubre de 2003
Boletín Oficial:
VISTO el expediente
N°1-2002-5351000136/03-1 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD, los Decretos Nros. 674/89, 776/92, 1403/96, 92/00 y
las Resoluciones y Disposiciones dictadas en su consecuencia y,
CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N°674/89 en su artículo
10° establece que todos los establecimientos industriales y/o especiales están obligados
a presentar una Declaración Jurada Anual conteniendo los datos especificados en las
Disposiciones Instrumentales del Decreto citado.
Que la obligatoriedad de presentación de
esta Declaración Jurada alcanza a todos los establecimientos industriales y/o especiales
que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por
la depuración de aquellos a conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua y que se
encuentren radicados en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires en los partidos
de General San Martín, La Matanza, Morón, Hurlingham, Ituzaingó, 3 de Febrero, San
Fernando, San Isidro, Vicente López y Tigre cualquiera sea el destino de sus vertidos;
mientras que en los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban
Echeverría, Ezeiza, Pte. Perón, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora y Quilmes, la
obligatoriedad alcanza a los establecimientos que utilicen directa o indirectamente una
red externa de desagües cloacales o cloaca máxima operada por Aguas Argentinas o que se
encuentren en radio servido de cloacas por el mismo concesionario.
Que asimismo será obligatoria la
presentación para los establecimientos industriales y/o especiales radicados en Capital
Federal y en los partidos señalados precedentemente y que se encuentren en radio servido
de
cloacas por el concesionario y que, pese a
no generar vertidos industriales, posean circuitos cerrados de cualquier tipo de líquidos
y/o barros.
Que también deberán presentar dicha
Declaración Jurada aquellos establecimientos industriales y/o especiales que estén
radicados en algunos de los partidos antes mencionados y que en la actualidad estuvieran
separados en un nuevo partido.
Que a todo establecimiento industrial y/o
especial que no efectúe la presentación en término de la Declaración Jurada Anual se
le aplicará la multa prevista en el artículo 15º del Decreto Nº674/89.
Que es conveniente establecer un plazo de
moratoria para aquellos establecimientos que no hubieran presentado la Declaración Jurada
correspondiente a los años 2000/2001 presentadas en forma conjunta.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el
dictado en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N°438/92,
sus modificatorios y complementarios), el Decreto N°357 de fecha 21 de febrero de 2002 y
modificatorios, el Decreto N°295 de fecha 30 de junio de 2003 y el Decreto N°674/89 y
sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Fíjase como
plazo para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente al año 2002 y para
la moratoria de la Declaración Jurada correspondiente a los años 2000/2001 el plazo
comprendido desde el 23 de Octubre de 2003 hasta el 22 de Diciembre de 2003.
ARTICULO 2º: Fijar como
lugar de presentación de la Declaración Jurada anual, la DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y
GESTIÓN DE LA CONTAMINACIÓN de esta Secretaría, sito en San Martín 459 de Capital
Federal, en el horario de 10 a 16,30 hs. o bien en las oficinas ubicadas en el predio INA,
sito en el predio Autopista Ezeiza- Cañuelas, Tramo Jorge Newbery Km. 1,620 de la loc. de
Ezeiza, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs..
ARTICULO 3º: Los formularios
e instructivos correspondientes a las Declaraciones Jurada podrán obtenerse a través de
la página web de esta Secretaría, www.medioambiente.gov.ar/contaminacion
ARTICULO 4°: Deberá
acompañar la presentación de dichos formularios Constancia de CUIT, copia autenticada
del Estatuto Social y copia autenticada del documento de designación del representante
legal de la empresa que firma la Declaración Jurada.
ARTICULO 5°: Regístrese,
publíquese en el Boletín Oficial y cumplido oportunamente, archívese.
Lic. Atilio A. SAVINO
Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable. |