Resolución 1125/01
Buenos Aires, 16 de agosto 2001.
VISTO el Expediente Nº 70-218/2001 del
Registro de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLÍTICA AMBIENTAL DEL MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, la Ley Nº24.295 que aprueba la Convención Marco
de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y
CONSIDERANDO:
Que el calentamiento global ha sido
documentado científicamente como un problema grave que justifica la adopción de
políticas y medidas para minimizar sus consecuencias adversas.
Que es un objetivo primordial de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLÍTICA AMBIENTAL el establecer una estrategia
para lograr el desarrollo sostenible de los distintos sistemas productivos y sociales en
el territorio nacional, que a la vez preserve los ecosistemas involucrados.
Que el Gobierno Nacional se ha comprometido
a llevar a cabo en forma eficiente las acciones vinculadas a la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, en particular, en lo referente a hacer frente
a los efectos adversos del cambio climático y a prepararse adecuadamente para la
adaptación de forma tal que la producción de alimentos no se vea amenazada y que el
desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
Que en el pasado la prevalencia de acciones
asistemáticas, efímeras y oportunistas, en relación con el cambio climático, impidió
el tratamiento del tema como parte de una política de estado, a largo plazo, con equipos
estables y una amplia participación de la sociedad civil en la determinación de los
objetivos estratégicos y los medios para lograrlos.
Que, en ese sentido, es conveniente crear
el ámbito institucional para el desarrollo de una estrategia nacional que conduzca al
mejor conocimiento del grado de vulnerabilidad de nuestro país a los impactos del cambio
climático, y al desarrollo de opciones para adaptarse al mismo.
Que la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE ha tomado la intervención
que le compete, no hallando impedimentos al acto que se propicia.
Que la presente medida se dicta conforme a
las competencias otorgadas por la Ley de Ministerios Nº22.520 (T.O. Decreto Nº438/92)
modificada por las Leyes Nº24.190 y Nº25.233 y el Decreto Nº20 del 13 de diciembre de
1999.
Por ello,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y
POLITICA AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase,
en el ámbito de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLÍTICA AMBIENTAL, el
PROGRAMA NACIONAL SOBRE IMPACTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO relacionado con la normativa
emergente de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC).
ARTÍCULO 2º.- Son
funciones del Programa:
Coordinar la realización de estudios
sobre:
- Impactos del cambio climático global sobre los climas de
las distintas regiones del territorio nacional.
- Sensibilidad de los sistemas naturales, productivos y
sociales de cada región a cambios en el clima, y su vulnerabilidad frente a condiciones
específicas actuales y futuras.
- Estrategias de adaptación adecuadas a fin de evitar o
minimizar impactos negativos.
- Articular las acciones en cambio climático con las de otros
programas nacionales relacionados, tales como los de lucha contra la desertificación, los
de preservación de la biodiversidad y lucha contra el fuego.
- Elaborar una política de protección, frente a cambios en
el clima, de los sistemas naturales, productivos y sociales de cada región.
- Coordinar las acciones con las Provincias y Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en materia de impactos del cambio climático en el marco del Consejo
Federal del Medio Ambiente (COFEMA).
- Promover la realización de proyectos de investigación y
desarrollo y estudios sobre los temas mencionados en el Punto 1. Ello involucra
actividades tales como:
- Llevar un Registro (Base de Datos) de libre acceso, de los
estudios y proyectos que se realizan en nuestro país y el extranjero en la temática.
- Gestionar y gerenciar, ante entidades financieras
internacionales y extranjeras, programas de financiamiento de proyectos de investigación
y desarrollo y estudios en temas prioritarios para la SPAyDS. (Incentivos para la
canalización de esfuerzos en líneas prioritarias).
- Generar una Base de Datos Referencial sobre técnicas,
métodos y software relativos al Punto 1, que unidades de investigación nacionales y
extranjeras ofrezcan o estén dispuestas a compartir con otras.
- Elaborar Indicadores Ambientales de cambio climático local
y regional y de impactos sobre los distintos sistemas naturales, productivos y sociales.
ARTÍCULO 3º.-
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.
Dr. Oscar E. Massei |