Decreto Nacional 1381/96
BUENOS AIRES - 29/11/1996
BOLETIN OFICIAL - 6/12/1996
VISTO
las leyes N. 23.696, 23.697 y 24.629, los Decretos N. 558 del24 de mayo de 1996 y N. 660
del 24 de junio de 1996 y,
CONSIDERANDO
Que por las leyes N. 23.696 y 23.697 se
declaró en estado de emergencia al Estado Nacional y se inició el proceso de reforma
administrativa.
Que por ley N. 24.629 se dictaron las
normas tendientes a profundizar la reforma y modernización del Estado.
Que en el ejercicio de las facultades
constitucionales y en el marco de la Reforma del Estado el Poder Ejecutivo Nacional dictó
los Decretos Nº558/96 y 660/96.
Que por el artículo 1 del Decreto N.
558/96 se creó, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la UNIDAD DE
REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO (U.R.M.E.) la que tiene entre sus principales funciones
la de diseñar y coordinar la reforma administrativa.
Que por el Decreto N. 660/96 se aprobó un
nuevo organigrama de aplicación en la Administración Pública Nacional centralizada y se
definieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarían sus organismos
descentralizados.
Que en su artículo 49 se estableció que
el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros y los Secretarios de la Presidencia de la
Nación, en los plazos fijados en el artículo 11 punto 2 del Decreto Nº558/96, debían
remitir a la U.R.M.E. los proyectos normativos que determinarán las competencias y
estructuras de los organismos afectados por el Decreto.
Que la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y
AMBIENTE HUMANO, encumplimiento de la norma citada, ha elaborado su propuesta, fundándo
la en tres ejes básicos: redefinición de objetivos,reprogramación de políticas y
acciones y elaboración de una nuevaestructura organizativa.
Que el organismo ambiental nacional debe
mantener el accionar vinculado a la conservación y mejoramiento de los recursosnaturales
y del ambiente en general y contribuir a la gestión de la sustentabilidad ambiental de
las políticas en desarrollo, quegaranticen un mejor horizonte de calidad de vida a las
poblaciones actuales y futuras.
Que en virtud de las modificaciones
definidas corresponde adecuar los anexos I, II y III, del Decreto Nº660/96, en la parte
pertinente a la estructura de primeros niveles, objetivos y entes descentralizados de la
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO. Que la medida programada no implica
incremento en las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción para el presente
ejercicio.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION
DEL ESTADO ha dado su aprobación al proyecto mencionado. Que el presente se dicta en uso
de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional y
por la ley 24.629. Por ello,
Art. 1: Apruébase la
estructura organizativa de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
(antes SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO) de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
conforme al organigrama, objetivos, responsabilidad primaria y acciones, y planta de
personal que forman parteintegrante del presente Decreto como Anexos I, II, III y IV.a,
IV.b, IV.c respectivamente.
Art. 2: Modifícase el
Anexo I del Decreto Nº 660/96 en la parte pertinente a la SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y AMBIENTE HUMANO.
Art. 3: Modifícase el
Anexo II del Decreto Nº660/96 en la parte pertinente a la SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y AMBIENTE HUMANO, de acuerdo con el Anexo II del presente Decreto, que forma
parte del mismo.
Art. 4: Modifícase el
Anexo III del Decreto Nº660/96 en la parte pertinente a la SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y AMBIENTE HUMANO, estableciéndose que en el ámbito de la SECRETARIA DE
RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION actuarán los
siguientes organismos descentralizados: ADMINISTRACIONDE PARQUES NACIONALES, INSTITUTO
NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE (antes INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNICA HIDRICAS).
Art. 5: Transfiérese al
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE (antes INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNICA
HIDRICAS) el personal -cuyo detalle obra como Anexo IV.d del presente Decreto y forma
parte del mismo- proveniente de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO
SUSTENTABLE (antes SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO) de la PRESIDENCIA
DE LA NACION. El personal transferido mantendrá sus respectivos niveles, grados y
adicionales de revista, vigentes a la fecha de la presente medida.
Art. 6: En el término de
CUARENTA Y CINCO (45) días corridos apartir de la fecha del presente Decreto, la
SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
instrumentará las medidas necesarias para la adecuación de las partidas presupuestarias
correspondientes a la transferencia del personal detallado en el Anexo IV.d del presente
Decreto. Hasta tanto se concrete lo establecido precedentemente, la administraciónde los
recursos humanos y financieros estará a cargo del Servicio Administrativo Financiero 317.
Art. 7: Derógase el
Decreto Nº2786/93.
Art. 8: Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM - RODRIGUEZ - FERNANDEZ
Anexos
| Anexo A |
Organigrama. |
| Anexo B |
Objetivos de la Secretaria |
| Anexo C |
Misiones y funciones de las
aperturas inferiores |
| Anexo
D |
Listado de la planta (no
disponible en formato digital) |
|