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Decreto Nacional 487/04

Modificación de los Anexos I y II del Decreto N°357/2002 en la parte correspondiente al Ministerio de Salud.

Decreto Nacional 487/04

Buenos Aires, 20 de marzo de 2004
Boletín Oficial: 22 de marzo de 2004

 

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°438/92), sus modificatorios y complementarios, el Decreto N°357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios, el Decreto N°141 del 4 de junio de 2003 y el Decreto N°295 del 30 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley citada en el Visto y sus modificatorios, se establecieron los ministerios que conforman la organización de la Administración Pública Nacional como así también las competencias de los mismos.

Que por el Decreto N°357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que a través del Decreto N°141/03 se ampliaron las competencias del MINISTERIO DE SALUD, incorporándose al mismo las relativas a la preservación y protección de los recursos naturales y el desarrollo sustentable.

Que en función de lo expuesto en el Considerando precedente, por Decreto N°295/03 se transfirió al ámbito del citado Ministerio la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que analizada la organización de la citada Secretaría y considerando razones de funcionalidad, resulta aconsejable un reordenamiento de los niveles políticos de la misma, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia para el logro de los objetivos estratégicos propuestos y optimizar su funcionamiento.

Que las adecuaciones propuestas se encuentran fundamentadas en general en un pormenorizado análisis y evaluación de las competencias y responsabilidades propias de la Secretaría y en particular en la evaluación del nuevo marco institucional instaurado por la reciente sanción de la Ley General del Ambiente que determina la jerarquización y/o incorporación a la gestión de los ejes temáticos que conforman la nueva agenda ambiental.

Que consecuentemente con lo expuesto las modificaciones propiciadas en la organización de la Secretaría implican reformas adaptativas a un contexto nacional e internacional que ha sufrido notables modificaciones y además una revalorización de los niveles de toma de decisión sustentado en reales necesidades de gestión.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SA- LUD y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N°357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional—, el Apartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo forma parte integrante del presente.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al articulo 2° del Decreto N°357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Objetivos—, el Apartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo forma parte del mismo.

Art. 3° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración integral de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, manteniendo dichas unidades organizativas las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N°993/91 (t.o. 1995) y sus modificatorios, facultándose al titular de la jurisdicción Ministerial a establecer mediante acto administrativo la dependencia jerárquica funcional transitoria de las Unidades involucradas en función del reordenamiento establecido por el presente.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

KIRCHNER- Alberto A. Fernández - Ginés M. González García.

 

Anexos

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
San Martín 451 • C1004AAI  C. de Buenos Aires • Argentina • Tel (54) (11) 4348 8200 • Fax (54) (11) 4348 8300

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