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Ministerio de Salud y Ambiente

Resolución 950/04

Conformación del Grupo de Trabajo destinado al tratamiento de las cuestiones inherentes a los recursos acuáticos.

Resolución 950/04

Buenos Aires, 16 de septiembre del 2004

 

VISTO el Expediente N°1-2002-5351001425/04-5 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y

CONSIDERANDO:

Que, para llevar a cabo más eficazmente los objetivos institucionales de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE establecidos en el Anexo III del Decreto N°357 del 21 de febrero de 2002, y, asimismo, los cometidos que le competen como autoridad administrativa de la CONVENCIÓN SOBRE LOS HUMEDALES (Ramsar, Irán, 1971) y como parte signataria de numerosos acuerdos y convenios en el ámbito nacional referidos a la conservación de los recursos ícticos y la biodiversidad acuática, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo que tenga a su cargo la elaboración de propuestas y el asesoramiento relativos a la conservación de los humedales y sus ecosistemas, así como el uso sustentable de los recursos acuáticos vivos marinos, costeros y continentales.

Que la conformación de un Grupo integrado por agentes con experiencia en la materia que asesore al Subsecretario de Recursos Naturales, Normativa, Investigación y Relaciones Institucionales de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en materia de políticas y de gestión de recursos acuáticos permitirá complementar y maximizar las misiones y funciones llevadas a cabo, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS NATURALES Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD, por la DIRECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE y por la COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD.

Que el suscrito es competente ara el dictado de la presente medida en virtud del artículo 103 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y AMBIENTE
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Confórmase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS NATURALES, NORMATIVA, INVESTIGACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE un GRUPO DE TRABAJO destinado al tratamiento de las cuestiones inherentes a los recursos acuáticos.

ARTICULO 2°.- El referido Grupo de Trabajo de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Subsecretario de Recursos Naturales, Normativa, Investigación y Relaciones Institucionales:

a) Propondrá proyectos y programas tendientes a la investigación, conservación y uso sustentable de los humedales, la biodiversidad acuática y la pesca marina, fluvial y lacustre, con la asistencia técnica de instituciones científicas y académicas, así como el acuerdo y participación de las autoridades e instituciones nacionales, provinciales y municipales competentes.

b) Propondrá acciones requeridas para la gestión sustentable de la pesca y la conservación de la biodiversidad acuática con las áreas competentes jurisdiccionales, nacionales y provinciales.

c) Asesorará al Subsecretario de Recursos Naturales, Normativa, Investigación y Relaciones Institucionales en la aplicación de convenios, acuerdos y tratados nacionales e internacionales referidos a la conservación de los recursos acuáticos, los humedales y la pesca.

d) Recomendará respecto de programas de desarrollo de nuevos productos y tecnologías para el aprovechamiento de los recursos acuáticos de aguas continentales y marinas que atiendan a la activación de las economías regionales postergadas y la generación de puestos de trabajo.

e) Propondrá las actividades requeridas para el mantenimiento y actualización del inventario de los recursos acuáticos continentales y marinos a nivel nacional.

f) Asesorará al Subsecretario de Recursos Naturales, Normativa, Investigación y Relaciones Institucionales en el diseño y ejecución de actividades de capacitación que promuevan la gestión sustentable de los humedales y la pesca.

g) Formulará recomendaciones para el cumplimiento de las responsabilidades de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable emanadas de la Convención sobre humedales (Ramsar, Irán, 1971).

h) Formulará recomendaciones para el cumplimiento de las responsabilidades de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable emanadas del Convenio sobre Conservación y Desarrollo de los Recursos Icticos en los tramos limítrofes compartidos de los Ríos Paraná y Paraguay (Ley N°25.105).

i) Formulará recomendaciones para el cumplimiento de las responsabilidades de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable ante el Consejo Federal Pesquero, creado por el REGIMEN FEDERAL DE PESCA (Ley N°24.922)..

j) Asesorará al Subsecretario de Recursos Naturales, Normativa, Investigación y Relaciones Institucionales en las acciones requeridas para la gestión de los humedales y la conservación de la biodiversidad acuática con la áreas competentes de la Cancillería. Desarrollar las restantes tareas que, vinculadas a su especialidad temática, le encomiende el Subsecretario de Recursos Naturales, Normativa, Investigación y Relaciones Institucionales, quien deberá proveer a una adecuada articulación del GRUPO DE TRABAJO con la DIRECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE y con la COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE.

ARTICULO 3°.- Desígnase como responsable del GRUPO DE TRABAJO al Lic. Oscar PADIN (DNI 10.077.705), quien será asistido por los profesionales y administrativos pertenecientes a la planta de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS NATURALES, NORMATIVA, INVESTIGACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES que el respectivo Subsecretario afecte a tal fin.

ARTICULO 4°.- Las medidas dispuestas por la presente Resolución no demandarán erogación alguna.

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

DR. GINES MARIO GONZALEZ GARCIA
MINISTRO DE SALUD Y AMBIENTE

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
San Martín 451 • C1004AAI  C. de Buenos Aires • Argentina • Tel (54) (11) 4348 8200 • Fax (54) (11) 4348 8300

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