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Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano

Resolución 123/95

Incorporación al item 24 Operador del Glosario que integra el Anexo I del
Decreto Nº831/93.

Resolución 123/95

Buenos Aires, 12 abril 1995
B.O.: 3 de mayo de 1995

 

VISTO la Ley Nº 24.051 y su Decreto reglamentario Nº 831/93; y

CONSIDERANDO

Que es necesario, oportuno y conveniente adecuar los términos de la reglamentación en virtud de las circunstancias y experiencias adquiridas por esta Secretaría en su carácter de autoridad de aplicación de las normas mencionadas en el Visto;

Que en el Anexo I, a) del Decreto nº 831/93, “Glosario” el item 24 “operador” no alcanza a cubrir a todas las personas o empresas que puedan ser consideradas como operadores en los alcances de la legislación nacional e internacional;

Que la suscripta es competente en virtud de las disposiciones de la ley N° 24.051, art. 60 inc. h) y el Decreto Nº 831/93, art. 60 apartado 2);

Por ello:

LA SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES
Y AMBIENTE HUMANO
RESUELVE:

Artículo 1º - Agruéguese al item 24 “Operador” del Glosario que integra el Anexo I del Decreto Nº 831/93 lo siguiente: “es también operador el que cumple con las operaciones de almacenamiento previo a cualquier operación indicada en la Sección A de eliminaciones (D - 15) y/o recuperación en la Sección B (R - 13) ambas del Anexo III de la ley N° 24.051”.

Artículo 2º - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Ing..María..J...Alsogaray.

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
San Martín 451 • C1004AAI  C. de Buenos Aires • Argentina • Tel (54) (11) 4348 8200 • Fax (54) (11) 4348 8300

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