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Ley Nacional 24.292

Aprobación del convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos.

Ley Nacional 24.292

BUENOS AIRES, 7 de Diciembre de 1993
BOLETIN OFICIAL, 18 de Enero de 1994

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1 - Apruébase el CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE COOPERACION, PREPARACION Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS, 1990, adoptado por la Conferencia de la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el treinta de noviembre de mil novecientos noventa, cuyo texto original en idioma español consta de diecinueve artículos y un Anexo, el que forma parte de la presente ley como Documento 1 al igual que las 10 (diez) resoluciones que figuran en el Documento 2 y que fueron también acordados por la citada Conferencia.

ARTICULO 2 - El Ministerio de Defensa, a través de la Prefectura Naval Argentina, será la Autoridad de Aplicación del Convenio referido en el artículo precedente.

ARTICULO 3 - Facúltase al Poder Ejecutivo, para que dentro del plazo de noventa días contados a partir de la publicación de la presente ley, proceda a reglamentar un sistema nacional para hacer frente con prontitud y eficacia los sucesos de contaminación marina y costera por hidrocarburos y un plan nacional de preparación y lucha para afrontar dichas contingencias.

ARTICULO 4 - En el momento de efectuarse el depósito del instrumento de ratificación, el Poder Ejecutivo Nacional deberá formular la siguiente reserva: "La República Argentina, hace expresa reserva de sus derechos de soberanía y jurisdicción territorial y marítima, sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes, reconocidos y definidos por la Ley de la Nación Argentina N 23.968 del 14 de agosto de 1991 y rechaza cualquier extensión de la aplicación del CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE COOPERACION, PREPARACION Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS 1990, que cualquier otro Estado, comunidad o entidad pudiera hacer a esos territorios insulares y/o aéreas marítimas argentinos".

Ref. Normativas: Ley 23.968

ARTICULO 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES
PIERRI-BRITOS-Pereyra Arandía de Pérez Pardo-Piuzzi.

Anexo A Documento 1: Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos, 1990.

Anexo B

Documento 2: Resoluciones adoptadas por la conferencia sobre cooperación internacional para la preparación y la lucha contra la contaminación por hidrocarburos 1990.

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